Indexados

¿Qué es el precio indexado?

Es una fórmula de contratación para tu suministro eléctrico.
En ella hay unas pequeñas diferencias respecto a las ofertas tradicionales a precios fijos, de las cuales vamos a dar explicación en los siguientes apartados.

 

¿Cómo se factura la potencia?

El coste de la potencia en Energia Naranja lo facturamos desglosado por periodos que es la fórmula más transparente y correcta para el cliente de facturarlo.

 

¿Cómo se factura el coste de los peajes de energía?

El peaje de energía es el coste que repercute la distribuidora a la comercializadora y ésta a su vez al cliente, por usar las redes de la distribuidor, entre otros trabajos.
Tanto a precios fijos como a indexados, el peaje de energía se factura según marca el BOE.

 

¿Cómo se factura el coste de la energía?

A diferencia de precios fijos, precios indexados, no te garantiza el precio de la energía durante los siguientes 12 meses. En un contrato a precios indexados, pagarás la energía según el mercado mayorista OMIE, quien diariamente facilita los precios horarios del precio de la energía a todas las comercializadoras por igual.

· Para tarifas de acceso de tres periodos: 

El contrato indexado por el cual Energía Naranja llevará a cabo las compras de energía del cliente a través del operador del Mercado OMIE y facturará al cliente el precio final de la energía como se detalla a continuación en la fórmula:

 

- Energía en barras de central hora h:
Energía real registrada en el equipo de medida en la hora h multiplicado por el coeficiente de pérdidas según legislación vigente. Si no se dispone de los datos horarios del equipo de medida, se aplicara el perfil publicado por el operador del sistema según tarifa de acceso.

- OMIE:
El precio horario de la energía en el Mercado Diario fijado en la sesión del día anterior al de consumo (publicado en la página del Operador del Mercado Ibérico - Polo Español, S.A. www.omie.es) en cents €/kWh, en cada hora (i) del periodo a facturar.

- OSi:
Precio horario de los “Procesos OS” publicado por la CNMC en el apartado “Componentes del Precio final medio” del precio horario final de comercializadores libres y consumidor directo en mercado (LIB) en cents €/kWh, en cada hora (i) del periodo a facturar.

- RTi:
Precio horario de las “Restricciones” en cada hora (i) del periodo a facturar, publicado por la CNMC en el apartado “Componentes del Precio final medio” del precio horario final de comercializadores libres y consumidor directo en mercado (LIB) en cents €/kWh.

- PCi:
Pagos por capacidad, en cada hora (i) del periodo a facturar, según lo establecido en la reglamentación vigente en cada momento en cents €/kWh, actualmente la Orden ITC/3353/2010, de 28 de Diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2011 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

- Desvíos:
0.002 €/kWh. K:

- Otros costes asociados con la compra:
0.0015 €/KWh.

- Co:
Coste de la comercializadora por la gestión de compra especificado en las condiciones particulares.

 

· Para tarifas de acceso de seis periodos:

El contrato indexado por el cual Energía Naranja llevará a cabo las compras de energía del cliente a través del operador del Mercado OMIE y facturará al cliente el precio final de la energía como se detalla en la formula a continuación:

 

- Coste medio horario final CNMC (LIB):
Es el precio final para comercializadoras y clientes cualificados publicados mensualmente por la CNMC que incluye los conceptos de Mercado Diario, Servicios Complementarios, Restricciones Técnicas y Garantía de Potencia (corregida a la Tarifa de Acceso que le corresponda al Suministro), aplicados todos los conceptos en barras.

- Retribución pago Red Eléctrica y OMIE:
Es la retribución que se destina al pago del operador del sistema (REE) y del mercado (OMIE).

- Desvíos:
0.001 €/kWh

- K:
Otros costes asociados 0.0015 €/KWh.

- Co:
Coste de la comercializadora por la gestión de compra especificados en las condiciones particulares.

 

IVA e Impuesto eléctrico

Tanto el IVA como el impuesto eléctrico se aplicarán según BOE y no existe diferencia ninguna respecto a ofertas a precios fijos.

 

Alquiler de Equipos de medida

El precio por el concepto de alquiler de los equipos de medida será según BOE y no existe diferencia ninguna respecto a ofertas a precios fijos.

 

Energía Reactiva y excesos de potencia

Estos se pagarán según BOE y no existe ninguna diferencia respecto a ofertas a precios fijos.